La Audiencia Nacional condena a 13 años de cárcel a cinco acusados del 'Comando Dixan'
Les absuelve de tenencia de explosivos

Madrid. (Agencias).- La Audiencia Nacional ha condenado a trece años de prisión a cinco de los acusados de formar una célula integrista, conocida como "comando Dixan", mientras que ha absuelto a un sexto procesado, Mohamed Nebbar, que ya fue puesto en libertad a principio del pasado mes de diciembre.
No obstante, en su sentencia, la sección primera de la Sala de lo Penal absuelve a los cinco- Mohamed Tahraoui, Djamel Boudjelthia (o Larbi Allag), Ali Kaouka, Souhil Kaouka y Mohamed Amine Benaboura- de los delitos de conspiración para cometer atentados y de tenencia de explosivos, al desmontar la tesis que sostuvo el FBI en un informe de que tenían intención de fabricar "napalm casero".
El fiscal pidió penas de entre 22 y 32 años para los miembros de esta célula, desarticulada en 2003 en Catalunya, en plena preparación de la guerra de Iraq.
La célula recibió el sobrenombre popular de "comando Dixan" por el carácter inocuo de las sustancias que les fueron intervenidas, circunstancia avalada por un informe de un laboratorio del Ejército, que aseguraba que entre ellas había detergente y ralladura de coco.
Precisamente, la constatación de la inocuidad de estas sustancias provocó que estos cinco acusados, detenidos junto a otros once supuestos islamistas en enero de 2003 en la denominada "Operación Lago", fueran puestos en mayo en libertad por falta de pruebas por el entonces juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco, que poco después fue suspendido de sus funciones.
Sin embargo, a raíz de un informe del FBI norteamericano, que señalaba que con las sustancias intervenidas a esos cinco acusados podía fabricarse "Napalm casero", el juez Baltasar Garzón, quien se hizo cargo de esta causa en sustitución de Ruiz Polanco, decretó su prisión provisional el 24 de marzo de 2004.
Ahora, el tribunal que ha juzgado los hechos -compuesto por los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández de Prado y Clara Bayarri- concluye que, a la luz de los informes periciales, no puede "apreciarse la existencia de depósito de materiales inflamables ni la voluntad tendencial de dedicar tales líquidos a la fabricación de explosivos".
Para ello, prosigue la sentencia, "debería haberse encontrado, junto con ello, o bien los instrumentos y utensilios propios de las manipulaciones químicas (...) o bien, cuanto menos, la existencia de botellas de cristal, para verificar en ellas las mezclas y emplearlas como cócteles molotov".
Lo que sí admite el tribunal es que "la totalidad de los imputados, tenían en su poder elementos electrónicos manipulados -concretamente teléfonos móviles de la marca Trium como los utilizados el 11-M- que, precisamente, por dichas manipulaciones se infiere constituían elementos susceptibles de integrarse en artefactos explosivos". "Ahora bien -matiza-, tales elementos, de manipulación parcial, no concluida, no son bastantes para integrar, en base a sólo ellos, el tipo de tenencia o fabricación de elementos de artefactos explosivos".
El tribunal, que sólo condena a los cinco por un delito de pertenencia a banda armada (10 años) y por otro de falsificación de documento público (3 años), únicamente considera probado que tres de los cinco acusados -Tahraoui, Boudjelthia y Benaboura- huyeron de Argelia, entre 1998 y 1999, "al estar perseguidos como terroristas por las autoridades de dicho país, refugiándose en España, donde se reagruparon, constituyendo una célula" terrorista en la que se integraron Ali y Souhil Kaouka.
También formaban parte de esta célula "otros individuos radicales islámicos, asentados en Francia, Alemania e Inglaterra" y tenía como objetivo "el proselitismo y captación de seguidores entre la población musulmana en España" así como la prestación de domicilios "que sirviesen de refugio a los miembros combatientes perseguidos en otros países".
El tribunal relata así una serie de hechos que demostrarían el apoyo logístico que los acusados prestaron a miembros de otra célula terrorista radicada en Francia y enumera el material informático, de telefonía, y electrónico que les fue incautado.
Madrid. (Agencias).-
09/02/2007| Actualizada a las 17:25h
Viernes 9 de febrero 2007 | Actualizado a las 17:25h
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Madrid. (Agencias).- La Audiencia Nacional ha condenado a trece años de prisión a cinco de los acusados de formar una célula integrista, conocida como "comando Dixan", mientras que ha absuelto a un sexto procesado, Mohamed Nebbar, que ya fue puesto en libertad a principio del pasado mes de diciembre.
No obstante, en su sentencia, la sección primera de la Sala de lo Penal absuelve a los cinco- Mohamed Tahraoui, Djamel Boudjelthia (o Larbi Allag), Ali Kaouka, Souhil Kaouka y Mohamed Amine Benaboura- de los delitos de conspiración para cometer atentados y de tenencia de explosivos, al desmontar la tesis que sostuvo el FBI en un informe de que tenían intención de fabricar "napalm casero".
El fiscal pidió penas de entre 22 y 32 años para los miembros de esta célula, desarticulada en 2003 en Catalunya, en plena preparación de la guerra de Iraq.
La célula recibió el sobrenombre popular de "comando Dixan" por el carácter inocuo de las sustancias que les fueron intervenidas, circunstancia avalada por un informe de un laboratorio del Ejército, que aseguraba que entre ellas había detergente y ralladura de coco.
Precisamente, la constatación de la inocuidad de estas sustancias provocó que estos cinco acusados, detenidos junto a otros once supuestos islamistas en enero de 2003 en la denominada "Operación Lago", fueran puestos en mayo en libertad por falta de pruebas por el entonces juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco, que poco después fue suspendido de sus funciones.
Sin embargo, a raíz de un informe del FBI norteamericano, que señalaba que con las sustancias intervenidas a esos cinco acusados podía fabricarse "Napalm casero", el juez Baltasar Garzón, quien se hizo cargo de esta causa en sustitución de Ruiz Polanco, decretó su prisión provisional el 24 de marzo de 2004.
Ahora, el tribunal que ha juzgado los hechos -compuesto por los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández de Prado y Clara Bayarri- concluye que, a la luz de los informes periciales, no puede "apreciarse la existencia de depósito de materiales inflamables ni la voluntad tendencial de dedicar tales líquidos a la fabricación de explosivos".
Para ello, prosigue la sentencia, "debería haberse encontrado, junto con ello, o bien los instrumentos y utensilios propios de las manipulaciones químicas (...) o bien, cuanto menos, la existencia de botellas de cristal, para verificar en ellas las mezclas y emplearlas como cócteles molotov".
Lo que sí admite el tribunal es que "la totalidad de los imputados, tenían en su poder elementos electrónicos manipulados -concretamente teléfonos móviles de la marca Trium como los utilizados el 11-M- que, precisamente, por dichas manipulaciones se infiere constituían elementos susceptibles de integrarse en artefactos explosivos". "Ahora bien -matiza-, tales elementos, de manipulación parcial, no concluida, no son bastantes para integrar, en base a sólo ellos, el tipo de tenencia o fabricación de elementos de artefactos explosivos".
El tribunal, que sólo condena a los cinco por un delito de pertenencia a banda armada (10 años) y por otro de falsificación de documento público (3 años), únicamente considera probado que tres de los cinco acusados -Tahraoui, Boudjelthia y Benaboura- huyeron de Argelia, entre 1998 y 1999, "al estar perseguidos como terroristas por las autoridades de dicho país, refugiándose en España, donde se reagruparon, constituyendo una célula" terrorista en la que se integraron Ali y Souhil Kaouka.
También formaban parte de esta célula "otros individuos radicales islámicos, asentados en Francia, Alemania e Inglaterra" y tenía como objetivo "el proselitismo y captación de seguidores entre la población musulmana en España" así como la prestación de domicilios "que sirviesen de refugio a los miembros combatientes perseguidos en otros países".
El tribunal relata así una serie de hechos que demostrarían el apoyo logístico que los acusados prestaron a miembros de otra célula terrorista radicada en Francia y enumera el material informático, de telefonía, y electrónico que les fue incautado.
Madrid. (Agencias).-
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Viernes 9 de febrero 2007 | Actualizado a las 17:25h
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